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Seguros obligatorios para agencias de viajes en 2026: qué necesitas según tu tipo de actividad

Si estás pensando en abrir una agencia de viajes o ya tienes una en funcionamiento, seguramente te hayas preguntado: ¿qué seguros son obligatorios para agencias de viajes? La respuesta no es única: depende de tu tipo de actividad, de la comunidad autónoma en la que operes y de la normativa vigente. En Mejoramos Tus Seguros te explicamos con detalle cuáles son los seguros necesarios para una agencia de viajes en función de su modalidad, qué coberturas exige la ley y cómo protegerte más allá del mínimo legal para que tu negocio viaje sin sobresaltos.

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Tipos de agencias de viajes y sus obligaciones de seguro

Antes de hablar de pólizas concretas, conviene aclarar a qué tipo de agencia perteneces, ya que los seguros obligatorios para agencias de viajes varían significativamente según la modalidad:

Agencia de viajes minorista

Vende viajes combinados directamente al consumidor final, ya sea de producción propia o de mayoristas. Es el tipo más común. Los seguros necesarios para una agencia de viajes minorista incluyen obligatoriamente la garantía de insolvencia y, habitualmente, el seguro de responsabilidad civil.

Agencia de viajes mayorista

Diseña y organiza viajes combinados que luego comercializa a través de agencias minoristas, sin vender al público general. Los seguros obligatorios para agencias de viajes mayoristas son similares en cuanto a protección financiera, pero la escala y los importes de garantía suelen ser mayores dado el volumen de operaciones.

Agencia de viajes receptiva

Se especializa en la recepción de turistas extranjeros y la organización de servicios locales (traslados, excursiones, alojamiento…). Los seguros necesarios para una agencia de viajes receptiva pueden incluir coberturas específicas derivadas del contacto directo con viajeros internacionales, como asistencia en viaje o responsabilidad civil ampliada.

¿Cuáles son los seguros obligatorios para agencias de viajes?

La normativa que regula el sector turístico en España establece una serie de seguros obligatorios para agencias de viajes. Aunque cada comunidad autónoma puede tener sus propias exigencias, hay tres grandes bloques comunes:

Seguro de caución o garantía de insolvencia

Este es el pilar fundamental. ¿Qué es un seguro de caución para agencias de viajes? Es una garantía financiera que protege a los clientes en caso de que la agencia quiebre o no pueda hacer frente a sus compromisos (devolución de pagos anticipados, repatriación, etc.). La Directiva Europea 2015/2302 y su transposición española obligan a toda agencia que venda viajes combinados a contar con esta protección. El seguro de caución para agencias de viajes puede adoptar la forma de póliza de seguro o aval bancario, y su importe mínimo varía según la normativa autonómica y el volumen de ventas.

Seguro de responsabilidad civil

Una de las coberturas más importantes dentro de los seguros necesarios para una agencia de viajes. La responsabilidad civil cubre los daños que la agencia pueda causar a clientes, proveedores u otros terceros durante el ejercicio de su actividad: un error en la reserva, una información errónea que genere perjuicios económicos, o un accidente en una excursión organizada. Algunas comunidades autónomas lo exigen como requisito para obtener la licencia de apertura. En todo caso, se trata de una cobertura imprescindible para operar con tranquilidad.

¿El seguro de convenio es obligatorio para agencias de viajes?

El seguro de convenio para agencias de viajes es obligatorio si tienes trabajadores por cuenta ajena. Se trata de un seguro de accidentes que exige el convenio colectivo del sector de agencias de viajes y que cubre a los empleados ante accidentes laborales con consecuencias de fallecimiento o invalidez. Aunque no lo establece directamente la ley, el convenio colectivo lo impone con carácter obligatorio para todos los empleadores del sector que tengan personal contratado.

Seguro obligatorio para abrir una agencia de viajes: qué necesitas desde el primer día

Si estás en proceso de constitución, debes saber qué seguro obligatorio necesitas para abrir una agencia de viajes antes de solicitar la licencia. En la mayoría de comunidades autónomas, el expediente de alta requiere acreditar:
  • Garantía de insolvencia o seguro de caución
  • Seguro de responsabilidad civil
  • El cumplimiento de estos requisitos suele acreditarse mediante certificado de la aseguradora en el momento del alta.
Consulta siempre los requisitos específicos de tu comunidad autónoma, ya que los importes mínimos y las condiciones de las pólizas pueden diferir.

Más allá de lo obligatorio: seguros recomendados para agencias de viajes

Una vez cubiertos los seguros obligatorios para agencias de viajes, hay otras coberturas muy recomendables para proteger tu negocio de forma integral:
  • Seguro multirriesgo de negocio. Cubre el local, el equipamiento, los sistemas informáticos y los daños por incendio, robo o agua.
  • Seguro de defensa jurídica. Cubre los gastos legales ante reclamaciones de clientes o disputas contractuales con proveedores.
  • Seguro de ciber riesgos. Cada vez más necesario dado el volumen de datos personales y financieros que manejan las agencias digitales.
  • Seguro de salud para empleados. Un beneficio valorado por la plantilla y con ventajas fiscales para la empresa.

Por qué confiar en Mejoramos Tus Seguros para los seguros de tu agencia de viajes

En Mejoramos Tus Seguros llevamos años ayudando a negocios del sector turístico a encontrar las coberturas adecuadas a su actividad y presupuesto. Estas son algunas razones para contar con nosotros:
  • Conocemos la normativa autonómica. Te asesoramos sobre los requisitos específicos de la comunidad donde operas.
  • Comparamos sin compromiso. Analizamos las mejores pólizas del mercado para darte solo las opciones que encajan con tu negocio.
  • Transparencia total. Sin letra pequeña ni sorpresas. Sabrás exactamente qué cubres y qué no.
  • Gestión rápida. Desde la comparativa hasta la contratación, en el menor tiempo posible.

Preguntas frecuentes sobre seguros para agencias de viajes

¿Qué diferencia hay entre el seguro de caución y un aval bancario para agencias de viajes? 

Ambos sirven como garantía de insolvencia, pero funcionan de forma distinta. El seguro de caución lo emite una aseguradora y suele tener un coste menor y mayor flexibilidad de importes. El aval bancario lo concede una entidad financiera y puede inmovilizar liquidez de la empresa. La normativa autonómica suele admitir ambas fórmulas; la elección depende de la situación financiera y las condiciones que ofrezca cada entidad. 

¿Qué normativa regula los seguros obligatorios para agencias de viajes en España? 

El marco normativo principal es la Ley 21/1995 reguladora de los viajes combinados y, sobre todo, el Real Decreto-ley 23/2018, que transpone la Directiva Europea 2015/2302 sobre viajes combinados y servicios de viaje vinculados. A ello se suma la normativa de cada comunidad autónoma, que es quien otorga la licencia y fija los importes mínimos de garantía. 

¿Cambian los seguros obligatorios si la agencia opera solo por internet?

La modalidad online no exime de las obligaciones. Una agencia que vende viajes combinados por internet sigue estando sujeta a los mismos requisitos de garantía de insolvencia y responsabilidad civil que una agencia física. Lo que puede variar es la necesidad de un seguro multirriesgo de local, que en el caso de agencias 100% digitales puede sustituirse por coberturas adaptadas al entorno virtual, como el seguro de ciber riesgos. 

¿Con qué frecuencia hay que renovar o actualizar el seguro de caución de una agencia de viajes?

Generalmente la póliza se renueva de forma anual, aunque el importe garantizado puede ajustarse en función del volumen de ventas del ejercicio anterior. Algunas comunidades autónomas exigen comunicar cualquier modificación de la garantía a la autoridad turística. Es importante no dejar lapsos de cobertura entre renovaciones, ya que la falta de garantía activa puede suponer la suspensión de la licencia. 

¿Qué cubre exactamente la responsabilidad civil de una agencia de viajes y qué queda excluido? 

La póliza de RC cubre los daños y perjuicios causados a terceros por errores u omisiones en la gestión de reservas, información defectuosa o fallos en la prestación del servicio. Quedan habitualmente excluidos los daños derivados de fuerza mayor, los causados intencionalmente y las reclamaciones por retrasos o cancelaciones imputables directamente a transportistas o alojamientos (que tienen su propio régimen de responsabilidad). Revisar las exclusiones de cada póliza es esencial antes de contratar. 

¿Cuál es el deber de información al viajero y cómo se relaciona con los seguros obligatorios? 

La normativa de viajes combinados obliga a las agencias a informar al viajero, antes de contratar, de que la agencia dispone de protección frente a la insolvencia. Este deber de información forma parte del contrato y debe especificar la entidad garante y el modo de activar la cobertura. Incumplirlo no solo tiene consecuencias legales, sino que puede invalidar la protección ante una reclamación. 
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